Bono Control Niño Sano 2021: ¿Cómo puedo recibir el beneficio?

Bono Control Niño Sano
Bono Control Niño Sano

Es una bonificación mensual que para el año dos mil veintiuno, asciende a $7.000 pesos chilenos, y se entrega por cada pequeño o bien pequeña menores de seis años(6).

Son adjudicatarios las familias que son parte del Subsistema Chile Seguridades y Oportunidades o bien se integraron a Chile Solidario en el año, cuyos hijos menores de seis años (31 de marzo) acrediten el control del pequeño sano al día.

¿Cómo saber si puedo obtener el Bono Control Niño Sano?

Son favorecidos todos y cada uno de los que participan en el programa del Subsistema Seguridades y Oportunidades, que:

  • Todos los usuarios que firmaron la carta compromiso y el plan de intervención.
  • Estén percibiendo el Bono de Protección y el Bono Base Familiar.
  • Que tienen miembros menores de 6 años al treinta y uno de marzo del año correspondiente, y que puedan acreditar al día el control de salud del pequeño sano.

¿Qué debo hacer para realizar el Control Niño Sano al día?

El control de salud se puede efectuar gratis en los consultorios o bien con el pediatra que los progenitores escojan.

Para conseguir este bono, cualquier miembro del conjunto familiar (mayor de dieciocho años) debe presentar en su ayuntamiento el carnet de niño sano al día.

¿Cuándo se debe pagar el Bono Control Niño Sano en Chile?

El pago del bono control niño sano se efectuará de manera mensual por un periodo de doce o bien veinticuatro meses. Este periodo se definirá conforme el tiempo máximo del programa de Apoyo Laboral o bien solamente de Apoyo Psicosocial.

El Instituto de Previsión Social (IPS) es quien efectúa los pagos a través de la Caja de Compensación Los Héroes, o bien a través de depósito en cuenta RUT del BancoEstado. o bien cuenta corriente del cobrador.

El bono se retribuye al miembro de la familia que corresponda, conforme el próximo orden de prioridad:

  1. Madre de personas menores de dieciocho años o bien con certificación de invalidez o bien con discapacidad mental o bien de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
  2. Mujer mayor de dieciocho años que sea jefe de hogar o bien pareja del jefe de hogar.
  3. Mujer mayor de dieciocho años que desempeñe la función de dueña de casa.
  4. Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, dos o tres, se va a pagar el bono al hombre mayor de dieciocho años que sea jefe de hogar.
  5. Si no se cumplen las condiciones precedentes, va a recibir el bono cualquier mujer mayor de dieciocho años. Si no puede o bien no hay una mujer mayor de edad, se va a pagar a cualquier hombre mayor de dieciocho años.
  6. En el caso de que no sea aplicable ninguna de las prioridades precedentes, el bono se va a pagar a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de dieciocho años.

Considerar:

  • Este bono va a ser compatible con la percepción de cualquier otro subsidio o bien trasferencia que entregue el Estado.
  • Para la modalidad de pago bancario se aplica un subsidio equivalente a setecientos pesos mensuales que deja al usuario efectuar 2 giros mensuales y producir una cartola bancaria.
  • Respecto de las familias y personas que escojan como medio de pago la modalidad presencial, el plazo para el cobro es de seis meses, tiempo tras el como se comprende que el partícipe renuncia a este beneficio.
  • El Bono por Control Pequeño Sano se paga conforme el cumplimiento de los requisitos y por el periodo que la familia esté recibiendo el Bono de Protección y el Bono Base Familiar.

¿Cuándo se autoriza el Control Niño Sano?

Debe presentar su cedula de identidad a la municipalidad en las horarios indicadas en el calendario de acreditación. Este calendario es personal, puesto que depende de cuando fue el inicio de los programas de Apoyo Social y/o Apoyo Laboral para esa familia.

Para los menores de dos años al (treinta y uno) de marzo, las familias deben acreditar en 4 oportunidades:

  • La primera entre los 1 y dos meses, considerando el mes 1 como aquel en donde se activó el Bono de Protección y/o las Trasferencias Monetarias.
  • La segunda va a ser entre los meses siete y ocho, entonces entre los meses trece y catorce y al final entre los meses diecinueve y veinte.
  • Para los menores de entre dos y seis años al treinta y uno de marzo del año vigente, se va a deber acreditar 2 veces
  • La primera entre los meses 1 y dos, de nuevo tomando en cuenta el mes 1 como aquel en donde se activó el Bono de Protección y/o las Trasferencias Monetarias. La segunda acreditación se hace entre los meses trece y catorce.

Para una mayor información puede consultar en el siguiente número telefónico:

Llama al 800 104 777

Agregar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos requeridos están marcados *

Subir